miércoles, 29 de octubre de 2008

Bolsa Educacion Colegios Bilingue

Resolución de 2 de octubre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se realiza convocatoria para la cobertura provisional en el Cuerpo de Maestros de posibles sustituciones en Centros Bilingües para el curso 2008-2009.

Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Primaria, para el curso 2008/2009, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Resolución de 9 de octubre de 2008, de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se publica convocatoria para cubrir mediante nombramiento interino posibles vacantes o sustituciones del Cuerpo de Maestros en la especialidad de Alemán, para el curso 2008/2009, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Oferta

Resolución de 8 de octubre de 2008, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de esta Universidad.


Resolución de 8 de octubre de 2008, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de Sistemas e Informática y de Ayudantes Técnicos de Informática de esta Universidad

miércoles, 22 de octubre de 2008

oferta monitor Formador Formadores

La Fundacion Forja XXI selecciona un monitor o monitora para impartir el curso de FPO "Introducción a la Metodología Didáctica". Imprescindible: Licenciatura en Psicología o Pedagogía, Formación metodológica (Formador de formadores) y experiencia docente en el área de Formación. Interesados/as mandar CV a la dirección de correo electrónico: perezleon@forjaxxi.org.

oferta monitor Formador Formadores

La Fundacion Forja XXI selecciona un monitor o monitora para impartir el curso de FPO "Introducción a la Metodología Didáctica". Imprescindible: Licenciatura en Psicología o Pedagogía, Formación metodológica (Formador de formadores) y experiencia docente en el área de Formación. Interesados/as mandar CV a la dirección de correo electrónico: perezleon@forjaxxi.org.

jueves, 9 de octubre de 2008

Orden de 22 de septiembre de 2008, por la que se modifican la Orden de 5 de noviembre de 2008, por la que se regula el procedimiento y los requisitos

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La Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía, viene a dar respuesta a la realidad que representa el reconocimiento de un nuevo derecho de ciudadanía, que ha de tener su más directo reflejo e implantación en los centros que presten servicios a las personas mayores dependientes. Precisamente por ello, y ante la necesidad de mantener en equilibrio los intereses de los distintos colectivos profesionales a los que se refiere la presente Orden y los intereses de las personas mayores usuarias de centros residenciales, se hace necesario abordar la modificación de la citada normativa, complementando el apartado de recursos humanos en dichos centros.
Por su parte, la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, consolida uno de los principios inspiradores de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como es la permanencia de las personas que se encuentren en dicha situación, siempre que sea posible, en el entorno donde desarrollan su vida, estableciéndose como uno de sus objetivos el facilitar su existencia autónoma, todo el tiempo que desee y sea posible, en su medio habitual. Entre los avances importantes de esta Orden está el regular unos requisitos mínimos de formación para el personal auxiliar de ayuda a domicilio, aunque se establecen determinadas situaciones transitorias para que las personas que actualmente desarrollan estos puestos de trabajo lo puedan continuar haciendo. No obstante, dado que el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía Personal y la Atención a la Dependencia debe determinar todos los aspectos relativos a la formación de estos profesionales, resulta conveniente prolongar estas situaciones transitorias.
En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la disposición final segunda del Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, y a propuesta de la Dirección General de Personas Mayores, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la disposición final primera del Decreto 87/1996, de 20 de febrero y de la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión de conformidad con las competencias que confiere el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
DISPONGO
Artículo primero. Modificación de la Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía.
La Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía, queda modificada como sigue:
Uno. Se añade un nuevo párrafo en el Anexo IV «Condiciones funcionales comunes», punto XII «Recursos Humanos» al final del apartado que se refiere a los Gerocultores/as, que tendrá la siguiente redacción:
«Asimismo, los Gerocultores/as podrán aportar su cualificación profesional mediante la titulación que se establezca para la cualificación profesional de Atención Socio-Sanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, creada por el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre o los oportunos Certificados de Profesionalidad u otra equivalente que se determine, según lo regulado por el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.»
Dos. Se añade un nuevo apartado en el Anexo IV «Condiciones funcionales comunes», punto XII «Recursos Humanos», que tendrá la siguiente redacción:
«La ratio correspondiente a la titulación de Terapeuta Ocupacional a que se refiere el Anexo V “Condiciones funcionales específicas”, podrá ser cubierta por Animador Socio-Cultural o Monitor ocupacional cuando se acredite la no existencia de demandantes de empleo de la citada titulación en la localidad.»
Artículo segundo. Modificación de la Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se modifica la redacción de la disposición transitoria segunda de la Orden de 15 de noviembre de 2007 que queda redactada como sigue:
«Disposición transitoria segunda. Personal auxiliar de ayuda a domicilio.
Durante el plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de la presente Orden, el personal auxiliar que esté trabajando en la ayuda a domicilio y no reúna los requisitos establecidos en el artículo 21 ni pueda acogerse a lo previsto en la disposición adicional única, podrá continuar realizando sus funciones siempre que acredite haber iniciado la formación para la adquisición de la cualificación profesional establecida en el citado artículo 21, sin perjuicio de la posterior aportación del certificado acreditativo de la finalización de la formación.
Excepcionalmente, si como consecuencia de una insuficiente oferta formativa el auxiliar o la auxiliar de ayuda a domicilio no pudiera iniciar la formación, bastará su compromiso expreso de iniciarla.»
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se faculta a las Directoras Generales de Personas Mayores y de Servicios Sociales e Inclusión, en el ámbito de sus respectivas competencias, para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente Orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de septiembre de 2008
MICAELA NAVARRO GARZÓN
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

lunes, 6 de octubre de 2008

PROGRAMA LEONARDO DA VINCI. PROYECTO “HÉRCULES 2008/2009”.

PROGRAMA LEONARDO DA VINCI. PROYECTO “HÉRCULES 2008/2009”. SEGUNDA FASE. (PLAZO ABIERTO HASTA EL 31/10/2008) Convocatoria de 95 becas para una estancia formativa con prácticas profesionales OBJETIVO: La realización de una estancia formativa, incluyendo módulo lingüístico y prácticas profesionales en empresas, con una duración total de 14 semanas en diferentes países de la Unión Europea. DESTINOS: Alemania, Italia, Irlanda, Francia, Reino Unido, República Checa y Polonia. REQUISITOS: Si tu perfil se corresponde a: Joven entre 18 y 30 años. Desempleado. Haber realizado un curso de FPO subvencionado por el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía. Tener conocimientos del idioma del país de destino que vas a elegir. INFORMACIÓN Y SOLICITUD: Todas las bases e información acerca de estas becas las puedes encontrar en las páginas web: www.faffe.es y www.gapc.es PLAZO DE SOLICITUD: Del 01/10/08 al 31/10/08. ================================